1. Los ciudadanos y las asociaciones que promueven las movilizaciones y protestas iniciadas el 15 de mayo pasado no son ni peligrosos antisistema ni rompefarolas insensatos. Ha quedado acreditado durante toda esta semana.

2. Muestran su descontento y su indignación con la injusta situación creada a colectivos muy desprotegidos y muy numerosos de la sociedad -por ejemplo, los jóvenes- con las recetas que aplica el poder para combatir la crisis económica. Tienen perfecto derecho a hacerlo.

3. Fomentan el despertar pacífico de la conciencia política y piden reformas profundas del sistema democrático, social y económico para primar los derechos del común de los ciudadanos y limitar el de las élites y el de los poderes no democráticos, como los mercados y los banqueros. Es una propuesta razonable en un Estado que se define así en el artículo 1 de su Constitución: “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”.

4. En las acampadas y concentraciones están ejerciendo un derecho constitucional fundamental, el de reunión, que la Constitución Española recoge en su artículo 21, dentro del capítulo de los derechos fundamentales y libertades públicas.

5. La Constitución dice esto sobre el derecho de reunión:
“Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes”.

El decálogo (y la posdata) continúan en este artículo de Arsenio Escolar.