Un jurado de Minessotta ha dado la razón a la industria discográfica, que demandó a Jammie Thomas por descargarse música y compartirla en internet mediante el Kazaa.

Las compañías que llevaron a cabo la demanda (entre las que se encuentran EMI, Sony BMG Music Entertainment o Warner Bros Records) acusaron a Jammie Thomas de descargarse y compartir ilegalmente un total de 1.072 canciones, aunque sólo pudieron demostrar la existencia de 24. El jurado la ha condenado a pagar un total de 222.000 dólares (158.400 euros) por las 24 canciones. El abogado de la acusación afirmó que "esto envía un mensaje de que descargarse y distribuir nuestro material no está bien". Toda la información aquí.

En Europa no debería preocuparnos este hecho (debería en todo caso preocuparnos que esta pobre mujer se va a arruinar, pero no en lo que a nosotros nos afecta), ya que las leyen americanas son bien distintas y allí no existe el derecho a la copia privada, pero cierto es que esto ha creado un precedente un pelín peligroso. De todos modos, no viene mal recordar nuestra maravillosa Ley de Propiedad Intelectual, cuyo trigésimo artículo afirma que "no necesita autorización del autor la reproducción de obras ya divulgadas cuando sea para su uso privado y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa".