Comunicado de la SGAE ante la polémica de los autobuses:

Compartir un trayecto o un viaje con el talento y la inspiración de un creador, sí tiene un precio: los derechos de los autores a quienes la SGAE representa. Su abono permite a las compañías de transporte de viajeros utilizar, en los autobuses de su flota, todas las obras musicales o audiovisuales disponibles durante la vida útil del vehículo.

En el año 2000, las principales asociaciones de transporte de viajeros por carretera (Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España, así como ANETRA, ASINTRA o FENEBUS, en representación del COMITÉ NACIONAL DEL TRANSPORTE POR CARRETERA) suscribieron con la SGAE un convenio por el que, además de reconocerse la valiosa aportación de los creadores a este sector, se establecía de común acuerdo, la forma y el precio de los derechos de los autores de las obras.

Con este acuerdo, la SGAE respondía favorablemente a las solicitudes de este sector. A través del pago único se facilitaba la gestión de las empresas, que no necesitan llevar el control de los autobuses operativos en cada momento. Asimismo, las cuantías resultaban ventajosas, ya que no sólo se fijaron nuevas tarifas, sino que además se acordó un período de cinco años de convergencia para su implantación gradual, de modo que se minimizara en lo posible el impacto económico para las distintas empresas.

Desde el acuerdo hasta el día de hoy, el sector ha sido mayoritariamente respetuoso con los derechos de autor. Así, desde 2000 han sido más de 1.200 compañías las que han firmado licencia con la SGAE para el uso de las obras de los creadores a bordo de sus vehículos. Por cada autobús dotado con equipos de sonido e imagen, las empresas de transporte pagan una cantidad fija por matrícula y una única vez en la vida de cada autocar. Si se revende o se rematricula no deben volver a abonar esa tarifa. En 2007, esta cantidad ha sido de 1.197,73 Euros. La comparación de este precio con cualquiera del equipamento de un vehículo no requiere comentarios.


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