Como muchos sabéis, el pasado 25 de marzo hacía pública la sentencia en la que el juez Luis Martín de Nicolás Muñoz había desestimado mi demanda contra El Día de Ciudad Real y declaró que mi despido a raíz de este artículo era procedente, no nulo -como yo había defendido-. (Los que no conozcan la historia pueden informarse aquí.)

En esa misma entrada, yo afirmaba que iba a recurrir esta sentencia, al no estar de acuerdo con ella, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM).

Sin embargo, por una serie de circunstancias que prefiero no recordar, no he podido recurrir. Así pues, y a la espera de que (previsiblemente) me lleguen las querellas de Domingo Díaz de Mera, Juan Antonio León Triviño y Carmen García de la Torre, una parte de mis litigios (el que tenía con El Día de Ciudad Real, mi ex empresa) ya se ha terminado definitivamente. Mi despido fue procedente. Y sanseacabó.

En su momento guardé silencio y no di mi opinión acerca de la sentencia, ya que prefería guardármela para mi defensa ante el TSJCM. No obstante, y teniendo en cuenta que ya no lo podré hacer, voy a optar por exponer aquí algunas cosas. Lo que viene a continuación es una mezcla de argumentos judiciales y no judiciales. En ningún momento pretendo sentar cátedra; simplemente, me gustaría exponer una serie de cosas para que todos reflexionemos sobre ellas. Tampoco pretendo llevar a cabo ningún tipo de rebelión hacia la sentencia, ya que mi respeto hacia la misma es total y absoluto. Simplemente quiero comentar algunas cosas.

De modo que, a tenor de la sentencia que declara procedente mi despido de El Día de Ciudad Real, tengo que decir varias cosas:


CARTA DE DESPIDO
Durante el juicio, la defensa de El Día de Ciudad Real sacaba constantemente unos argumentos que a nuestra parte le parecían totalmente improcedentes. En todo momento, la defensa de El Día intentaba justificar mi despido con argumentos que no habían sido dados en la carta de despido mediante la que se me cesó.

En la página 9, el juez hace alusión a uno de los debates que más tiempo nos ocupó en el juicio: ¿Era Domingo Díaz de Mera mi jefe/empresario? Por nuestra parte defendimos que no, ya que Domingo Díaz de Mera no ha aparecido nunca en el staff de El Día de Ciudad Real. La defensa de El Día argumentó que la vinculación de Díaz de Mera a El Día era algo conocido por todo el mundo, pero, hasta donde yo sé, en un juicio se debate sobre pruebas, no sobre hechos que un abogado considera conocidos por todo el mundo. Además, y aludiendo a la ley que impide a todo trabajador cargar contra su empresario, he de decir que en mi contrato nunca se puso que Domingo Díaz de Mera fuese mi empresario ni que tuviese que guardarle un especial cuidado y respeto. Esto es lo que está en los papeles; lo demás son elucubraciones y pajas mentales.

En cualquier caso, incluso este debate me parece obsoleto e innecesario, ya que en la carta de despido que se me facilitó no pone que se me eche por faltar a mi empresario, sino por faltar a una serie de personas, con las que la empresa no dice tener vinculación ninguna. No obstante, en el juicio se dieron constantemente argumentos que en su momento no fueron incluidos en la carta de despido. Como cuando demandé a El Día lo hice ateniéndome a los motivos que me daban en dicha carta, todo lo que esté fuera de la misma no me parece recurrente para el juicio. Ahora bien, si en la carta de despido vas a dar unos motivos y para el juicio vas a cambiar tu discurso, pues apaga y vámonos.


INJURIAS Y CALUMNIAS
Como habréis visto, en la sentencia se dedican numerosos párrafos a calificar mi conducta de injuriosa, a decir que he insultado, a decir que mis críticas son totalmente infundidas y gratuitas... lo que ha contribuido a que mi despido sea procedente. Como dijo alguien en este blog un día, "Érase una sentencia construida a partir de un veredicto". El propio juez habla de que he podido cometer injurias y de que he traspasado los límites de la libertad de expresión. Sinceramente, no me parece recurrente hablar de eso ahora. Si todo marcha como parece, dentro de pocos meses me enfrentaré a seis juicios en los que se debatirá largo y tendido si he injuriado o no, pero ahora estamos hablando de un tema meramente laboral. Aunque la defensa de El Día de Ciudad Real (que es la misma que la de las otras tres personas que posteriormente me demandaron) insistieron en el juicio en mi conducta supuestamente injuriosa, no creo que sea recurrente hablar de eso ahora ni que eso tenga que afectar a la sentencia de un tema laboral. Porque entonces, si el día de mañana soy declarado inocente de un delito de injurias y calumnias, ¿habrá que cambiar también esta sentencia del despido?

(En cuanto a las supuestas injurias, no voy a decir nada al respecto. Ya habrá tiempo más adelante de debatir sobre ello.)


PERFIL

En el juicio, el abogado de la otra parte defendía, como un agravante para mi despido procedente, que yo, en mi perfil de Blogger, ponía que trabajaba en El Día de Ciudad Real. Éste fue un argumento que también suscribió el juez en la sentencia (pág. 10). En cuanto a lo que dicen tanto los abogados rivales como el juez de que en mi perfil pone que trabajo para El Día de Ciudad Real, que parece ser un claro motivo para declarar la procedencia de mi despido, tengo que decir lo siguiente:

Al crearme un blog en Blogger/Blogspot estoy formando parte de una de las redes sociales más famosas del mundo, junto con Facebook, Tuenti, Twitter, etc. Concretamente en Blogger/Blogspot, al rellenar los campos de tus datos, el espacio te pregunta, entre otros datos, a qué te dedicas y dónde trabajas, del mismo modo que te pregunta tu nombre, tus apellidos, tu edad, tus hobbies..., de modo que si yo en mi perfil pongo dónde trabajo no es porque quiera perjudicar al periódico, sino porque es uno de los datos que se solicitan al entrar en una red social. Tuenti.com o Facebook.com también te preguntan a qué te dedicas y en qué empresa trabajas.


INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Uno de los motivos por los que se me despidió era por hacer un supuesto uso de una información confidencial obtenida en mi periódico. Dice la sentencia:

"Alega el actor que no manejó ninguna información confidencial, sino que se
trata de información que se encuentra en otros medios, incluso nacionales. Parece
lógico pensar que la información que vierte en el artículo la obtuviera en el diario".

Insistiré una y mil veces en que yo no he obtenido ningún tipo de información confidencial. El propio artículo que causó mi despido está repleto de enlaces a medios nacionales que ya informaron de lo que yo digo. En El Día de Ciudad Real, yo nunca me ocupé de informaciones relativas al Aeropuerto de Ciudad Real.

En cualquier caso, el juez, aunque considera "lógico" pensar que obtuviese la información en el periódico, me da la razón y no considera que eso sea motivo de despido. Como veréis, la mayoría de argumentos que El Día dio en la carta de despido son constantemente rechazados en la sentencia (que, por otro lado, parece amparar mi despido en mi conducta supuestamente injuriosa).


DERECHO DE INFORMACIÓN
Se habla constantemente del derecho a la información, cuando yo en ningún momento he realizado ningún tipo de labor periodística. Yo sólo cogí informaciones publicadas en varios medios y di mi opinión sobre ellas; no tenía en mi poder mayor información que la que puede tener cualquier otro ciudadano (y esto es totalmente cierto, porque yo en El Día de Ciudad Real me ocupaba sobre todo de temas culturales, y nunca cubrí nada relacionado con el Aeropuerto, con lo que si quería enterarme de algo tenía que recurrir a la prensa nacional). En cuanto a lo de la libertad de opinión (segundo párrafo de la pág. 4), la sentencia dice:

"El ejercicio de la libertad lleva consigo la asunción de responsabilidad, pero es que además una sociedad libre debe descartar la difusión de ideas como el racismo o el apoyo al terrorismo y acercándonos a nuestro supuesto, las ofensas, el insulto".

Francamente, me parece tremendo comparar, aunque sea de lejos, “la difusión de ideas como el racismo o el apoyo al terrorismo” con “las ofensas y el insulto”.


SUPLANTACIÓN
En la pag. 6 de la sentencia se habla de cuando alguien se hizo pasar por mí en el blog, y se dice que esa falta de respeto a mí (al suplantarme) es similar a la falta de respeto que cometo yo al cambiar la imagen que la gente tiene de estos personajes. Me parece desproporcionado comparar una suplantación de personalidad con la crítica a una persona, la verdad.


COMPARACIONES
Dice la sentencia:

"El artículo comienza citando a seis personajes a nivel nacional a los que se refiere como que "se han caracterizado por estar por encima del bien y del mal" y que campan a sus anchas "haciendo y deshaciendo a su antojo sin que nadie lee rechiste.
(...)
Los calificativos de capo, especulador y mafioso (...) van dirigidos a los Sres. Treviño (sic.) y Díaz de Mera. (....) Tales calificativos van ligados más a asimilarlos con los personajes nacionales que a relacionarlos con los hechos de que informa el artículo".

La introducción del artículo es eso, una introducción. Es evidente que mi intención con el artículo es relacionar a Díaz de Mera y León Triviño con los hechos que relato insistentemente a lo largo de varios párrafos. A lo otro le dedico tres líneas. Me parece tremendo que el problema no acabe siendo que los he llamado mafiosos, sino que en el primer párrafo del artículo los comparo con Carlos Fabra, Jesús Gil...


COSAS QUE NO VIENEN AL CASO
En el juicio, el abogado de El Día de Ciudad Real me preguntó delante del juez si yo sabía que, al margen de mi despido, tenía pendientes otras tres demandas. Mi respuesta fue que no sólo lo sabía yo, sino que también lo sabía él, ya que él es el abogado que está llevando también esas demandas. Convendría recordar que las otras tres demandas que me han caído han sido presentadas por los mismos abogados que defendieron a El Día, y además nos encontramos con tres demandas totalmente idénticas, tanto que al referirse el abogado a Díaz de Mera y León Triviño dice “mi representada”, ya que se le olvidó cambiar el género femenino después de redactar la demanda de mi gerente, que fue la primera que me llegó. Además, las tres demandas fueron presentadas el mismo día y a la misma hora, y repito que por los mismos abogados que defienden a El Día, con lo que esas demandas no me valen como añadidura.

En cualquier caso, y ya que nos ponemos a hablar de asuntos que poco o nada tienen que ver con el juicio, quizá podríamos hablar de que la persona que ejecutó mi despido de El Día fue igualmente despedida muy poco tiempo después. Qué curioso que una empresa defienda públicamente mi despido y por otro lado ponga en la calle a la persona que lo ejecutó. Si tanto defienden la conveniencia de mi despido, no entiendo cómo despidieron después a su ejecutora.


PERJUICIOS
Como detalle curioso, y contradiciendo los argumentos ofrecidos por El Día y ratificados en la sentencia, me gustaría añadir que no comparto en absoluto ese silogismo que lleva a pensar que algo que perjudique a Domingo Díaz de Mera perjudica directamente y de forma automática también a El Día de Ciudad Real.


RECAPITULACIÓN
Por tanto, si nos ceñimos a los argumentos que me proporcionó El Día de Ciudad Real en la carta de despido para proceder a mi cese:

- Obtención y uso de información confidencial. La sentencia asegura que eso no es motivo de despido. En cualquier caso, por mi parte sigo negando rotundamente que haya obtenido ningún tipo de información confidencial, y lo demostré publicando un artículo plagado de enlaces a otros medios.

- Domingo Díaz de Mera, empresario. Aunque en la carta de despido no se indica que se me despida por cargar contra mi empresario, sí fue un argumento recurrente de la defensa de El Día en el juicio. En cualquier caso, la sentencia me da la razón y dice que Domingo Díaz de Mera no es mi empresario.

- Tratamiento injurioso y vejatorio. La sentencia de la razón a El Día de Ciudad Real en este punto. No nos parece recurrente hablar ahora de eso, ya que es un tema que se tratará dentro de unos meses. Además, la creación de un veredicto a priori podría crear un conflicto si en el futuro acontece una sentencia que contradiga el veredicto expuesto en ésta.


Por mi parte eso es todo. Un saludo.





P.D.: Conviene decir y aclarar que con esta entrada no pretendo, ni muchísimos menos, criticar al juez que ejecutó la sentencia ni ponerla en entredicho. Simplemente, y teniendo en cuenta que no podré acudir al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, me estoy limitando a dejar por aquí algunos pensamientos y algunos desacuerdos con dicha sentencia, sin que esto suponga en ningún caso un ataque hacia la sentencia, ya que mi respeto y asunción de la misma es total y absoluto.